Ronda Valencia abogados laboralistas

Se pueden tener varios contratos temporales y a tiempo parcial con varias empresas no existen límites legales, siempre y cuando no asuma el trabajador ni exclusividad ni plena dedicación en ninguno de ellos, siempre teniendo en cuenta el tope máximo de cotización general, que se aplicará proporcionalmente a cada empleador en función del porcentaje de retribución del total de las percibidas por el trabajador.

Así también a efectos del pluriempleo se puede combinar el trabajo por cuenta ajena y el autónomo, está es la propiamente denominada pluriactividad, el trabajador cotiza por cada régimen.

Para poder acceder al paro, es necesario haber cotizado en régimen general como mínimo un año dentro de los últimos 6 años naturales dando derecho a 4 meses de prestación tope 2 años.

Una vez accede el trabajador al paro puede compatibilizar el cobro de la prestación con un contrato como sería por ejemplo el contrato de apoyo a emprendedores cobrando el 25% de la prestación.

La compatibilidad se mantendrá durante la vigencia del contrato con el límite máximo de la duración de la prestación pendiente de percibir. Para compatibilizar se deben cumplir algunos requisitos. Si es a tiempo parcial y estás cobrando prestación contributiva (paro no subsidio), puedes elegir entre interrumpir el cobro, mientras esté vigente el contrato, o compatibilizarlo con el cobro de la prestación contributiva.

Así también puede compatibilizar el paro con el autónomo al inicio de una actividad por cuenta propia por un máximo de 270 días de prestación, o por el tiempo inferior pendiente de percibir, si el beneficiario es menor de 30 años al inicio y no tiene trabajadores a cargo.

RONDA VALENCIA Abogados Laboralistas es un despacho de asesoramiento y defensa a particulares y empresas, en las áreas de derecho laboral y administrativo, con servicios en materia civil y penal. Un servicio especializado y próximo que busca ofrecer soluciones acordes a las demandas y necesidades del mercado.

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