Jubilados

La proximidad del 2019 genera inquietud en muchos desempleados que tenían previsto jubilarse a partir de enero. La causa sería el fin de la llamada cláusula de salvaguarda.

En esta situación están miles de trabajadores y parados que ya habían hecho sus cálculos creyendo que se podrían jubilar a una edad determinada y que cobrarían una determinada pensión y ahora cambian las reglas de juego si el Gobierno no hace nada antes de que termine el año.

La proximidad del 2019 genera inquietud en muchos desempleados que tenían previsto jubilarse a partir de enero. La causa sería el fin de la llamada cláusula de salvaguarda, introducida en la reforma de las pensiones de 2011 a través de la Ley 27/2011 de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de la seguridad social.

Recordemos que la reforma de 2011 incluía el atraso progresivo de la edad ordinaria de jubilación, modificó el acceso a la jubilación anticipada, a la que antes se podía acceder con 61 años, y amplió el periodo de cotización para recibir el 100% de la pensión.

Ante ese endurecimiento de las condiciones de jubilación, se introdujo la cláusula de salvaguarda, mediante la cual se excluía de la aplicación de estas nuevas condiciones a las personas que perdieron su empleo antes de la publicación de dicha reforma de 2011, o personas que iban a abandonar sus puestos de trabajo por un ERE o mediante acuerdos ya suscritos con sus empresas, y no volvieran a trabajar, y también para los que ya habían accedido entonces a la jubilación parcial o a planes para acogerse a ella.

Dos años después, a través del Real Decreto-ley 5/2013, de 15 de marzo de medidas para favorecer la vida laboral de los trabajadores de mayor edad y promover el envejecimiento activo, si fijó el fin de esta cláusula a 1 de enero de 2019 (actualmente disp. final 4ª.5 LGSS). En ese momento va a pasar que los despedidos antes de 2011 que no hayan encontrado trabajo en estos años o los incursos en un ERE pactado antes de 2013 que no hayan alcanzado todavía a la jubilación anticipada, van a tener que enfrentarse a las actuales reglas de jubilación, que son más duras.

Los efectos van desde cobrar menos pensión de la que tenían prevista, porque ahora está más penalizada la jubilación parcial, y los casos más graves que son las personas que hasta ahora cumplían el requisito de tiempo para acogerse a la jubilación anticipada (30 años) y que ya no lo van a cumplir porque las nueva reglas exigen 33 o 35 años. Puede darse el caso de que esas personas durante un período de tiempo no tengan ningún ingreso, porque se ha agotado el dinero que recibían por el ERE y todavía no tienen acceso a la prestación de jubilación por no cumplir los requisitos actuales para retirarse anticipadamente.

En el caso de los despidos individuales hay que tener en cuenta que a algunas personas, sobre todo las que han sido expulsadas del mercado de trabajo con más de 50 años, les resultan más beneficiosas las reglas pactadas en 2011, sobre todo por el hecho de que se les calcule la pensión con 25 años en lugar de 15.

Actualmente desde Trabajo se está estudiando el tema para calcular su alcance y plantear posibles soluciones pero no se sabe si se llegará a un acuerdo antes de que finalice el año. Los sindicatos proponen al Ejecutivo, que los trabajadores a los que afecta la cláusula tengan la opción de jubilarse según las condiciones previas a 2011 o las posteriores y alertan de que solo quedan dos Consejos de Ministros por delante para arreglar la situación.

]]>